Títulos, Certificados y Legalizaciones
GRADUADOS
Registro Público de Graduados para consulta pública, con lo que concluye el trámite de intervención en diplomas, certificados analíticos u otras certificaciones universitarias.
Página: https://registrograduados.siu.edu.ar/
El egresado deberá presentar su pedido por nota a la unidad Académica acreditando fehacientemente la destrucción total o parcial, sustracción o pérdida al ejemplar original presentando:
- Constancia original o fotocopia autenticada de la denuncia policial.
- Constancia original o fotocopia autenticada de la denuncia efectuada ante los colegios o consejos profesionales.
⇒ Trámite SIN COSTO.
El trámite se inicia en la Facultad / Escuela donde pertenece el alumno o egresado.
Legalizaciones/Certificaciones:
- Programas
- Planes de estudios
- Certificado de título en trámite
- Certificado de materias aprobadas
- Certificado analítico parcial
- Promedio
- Becas
- Constancia de alumno regular
- Escalas de calificaciones
- Constancia para el extranjero
- Constancia de funcionamiento de institución universitaria
- Certificación Acreditativa de Títulos
El interesado deberá solicitar por nota a la unidad académica aclarando el organismo a la cual va dirigido el documento y anexar al mismo:
- Copia de DNI
- Copia del título anterior.
Las Unidades Académicas y/o Direcciones de Escuelas deberán iniciar la gestión para el pago del adicional remunerativo a los Docentes que posean título de Doctorado, Maestría o Especialización, presentando la siguiente documentación:
- Nota formalizada por parte del docente interesado solicitando el pago del adicional remunerativo sobre el sueldo básico.
- El expediente deberá contener fotocopia del Diploma autenticada por el Secretario Académico, quien certifica que “Es Copia fiel del Original que se ha tenido a la vista”.
- Se podrá dar inicio al trámite con el Certificado de Título en Trámite.
- El Diploma original deberá contener todas las Legalizaciones, en el caso de Universidades Argentinas, deben contener la Legalización de la Universidad que expide el título y del Ministerio de Educación.
- El pago del adicional se efectuará a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de las certificaciones respectivas.
- En cada caso, el interesado deberá acompañar la copia de la Resolución de Validación correspondiente por parte de la CONEAU y la Resolución Ministerial que acredita el título.
En el caso que el título provenga de una Universidad Extranjera, deberá contener las siguientes Legalizaciones:
- De La Universidad de procedencia.
- Del Ministerio de Educación del País de origen.
- Del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen. En caso de ser Estado Parte del Convenio de la Haya, la Apostilla; y en caso contrario la Legalización Consular prevista en el Decreto 1629/2001.
Importante: En el caso de Brasil sólo debe contener la legalización de la Universidad de Origen y del Ministerio de Relaciones Exteriores (Protocolo Especial firmado con Argentina).
La documentación redactada en idioma extranjero debe ser traducida por Traductor Público de Registro y Legalizada ante el Colegio de Traductores – Ley Nº 20.305 Art.6º.
Ordenanza 081/2017
Documentos requeridos en ORIGINAL Y FOTOCOPIA:
- Diploma original
- Certificado Analítico con las Calificaciones de estudios aprobados, con indicación de carga horaria teórico y práctica, y escala de Calificaciones.
- Programas Analíticos de Asignaturas Aprobadas (Plan de Estudios detallado).
- Documento que acredite identidad (D.N.I. o Pasaporte en su caso)
- Constituir domicilio en la Provincia de Misiones.
- Pago de Arancel (Ordenanza N° 046/2019). Al momento de iniciar el trámite, se deberá abonar el 20% del valor establecido (independientemente del resultado en la obtención de la Reválida).
- PRESENTACIÓN: Nota (duplicado) dirigida a la Sra. Rectora de la Universidad Nacional de Misiones Msc. Alicia BOHREN. En la misma debe aclararse en forma detallada la documentación que se acompaña y la reválida que se solicita, dejando números telefónicos, dirección de correo electrónico y/o domicilio para notificaciones.
La documentación deberá contar con las siguientes legalizaciones:
- Autenticada por las Autoridades Universitarias que expidieron el documento.
- Legalizado por organismos competentes del país de origen:
- Ministerio de Educación
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Autoridades Consulares de la República Argentina (Decreto 1629/01)
- Esta última puede ser reemplazada por La Apostilla de La Haya si el país de origen adhirió a dicha Convención (Convención de La Haya del 05-10-1961 – Ley Nº 23.458).
En todos los casos, si correspondiere: Traducido al Español por traductor público Autorizado, con intervención del Colegio de Traductores Público de la República Argentina.
Observaciones:
En el caso de Brasil, por Convenio bilateral con Argentina, solamente lleva la legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Por ser un país adherido al MERCOSUR, no es necesario presentar la traducción de la documentación. Sin perjuicio que si la Facultad considere pertinente por alguna interpretación, lo puede solicitar.
La UNaM otorgará un segundo ejemplar de Diploma y Certificado Analítico en carácter de duplicado únicamente en el caso de que se acredite fehacientemente la destrucción total o parcial, sustracción o pérdida del ejemplar original.
El interesado realizará los trámites de expedición en la respectiva unidad académica, acompañado por la siguiente documentación:
- Nota solicitando el duplicado de Diploma, la misma estará dirigida al Decano/a de Unidad Académica de la cual egresó.
- Constancia original o fotocopia autenticada de la denuncia policial, en los casos de pérdidas o sustracciones del ejemplar original.
- Constancia original o fotocopia autenticada de la denuncia efectuada ante los colegios, consejos profesionales u organismos similares en los que se hubiera matriculado o bien, constancia expedida por dichos consejos de no estar inscriptos.
- Avisos periodísticos durante tres días por los cuales se solicita la devolución del Diploma.
- En el caso que el documento este deteriorado y sea imposible su utilización deberá acompañarse al expediente dicho original, sin necesidad de las denuncias antes exigidas.
⇒ Arancel por Duplicado de Diploma, (Resolución Rectoral N° 1625/018)