Consejo Superior

El Consejo Superior es el máximo organismo deliberativo de la Universidad Nacional de Misiones. Está compuesto por representantes de todos los claustros –docentes, no-docentes y estudiantes–, que al igual que las autoridades se renuevan cada cuatro años.Formula las políticas sobre actividades sustantivas y de apoyo de la UNaM y establece el marco de los objetivos generales y las fundamentaciones pertinentes acorde a lo establecido en su Estatuto. Asimismo, sanciona normativas atinentes al funcionamiento general de la Universidad, entre las que se cuentan:

  1. Las reglamentaciones de administración y gobierno.
  2. El régimen sobre enseñanza.
  3. El régimen disciplinario de la UNaM.
  4. El régimen de becas.
  5. El régimen electoral.
  6. El reglamento de concursos y carrera docentes.
  7. El régimen de vinculación con distintos sectores sociales. 
  • REGLAMENTO

    Puede visualizarse en formato PDF desde aquí.

  • Autoridades

    Secretaria de Consejo Superior: Dra. Sandra Libutti

    Integrantes

    Rectorado de la Universidad Nacional de Misiones

    Rectora: Mgter. Alicia Violeta Bohren

    Vicerrector: Ingeniero, Fernando Luis Kramer

    Decanos

    Facultad de Arte y Diseño: KISLO, Juan Eduardo
    Facultad de Ciencias Económicas: DIP, Juan Antonio
    Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales: BRUMOVSKY, Luis Alberto
    Facultad de Ciencias Forestales: ROMERO, Héctor Fabián
    Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales: SPACIUK, Gisela Elizabeth
    Facultad de Ingeniería: KATOGUI, Sergio Edgardo3. DIRECTORES DE ESCUELAS

    Escuela de Enfermería: NISKANEN, Héctor Alfredo
    Escuela Agrotécnica Eldorado: LÓPEZ, Juan

    Claustro Docente. Consejeros Titulares

    GORTARI, Javier
    PERRONE, Oscar Eduardo
    SAN MARTÍN, Claudia Patricia
    ROKO, Lilian María Yolanda
    HERRERA, José Luis
    KORNEL, Julieta Edith
    AMABLE, Hugo José
    BRÁZZOLA, Carlos Ruben
    JAGOU, Nancy Elizabeth
    SENN, Jorge
    OSCHEROW, Hugo Eduardo
    EIBL, Beatriz Irene

    Claustro No Docente. Consejeros Titulares

    ORTÍZ, José Antonio
    SÁNCHEZ, María Cristina
    ÁLVEZ, Irma Susana
    FRIEDEMBERG, Samuel Eduardo
    DUARTE, Silvia Verónica
    YULÁN, Cecilia Andrea

    Claustro Estudiantil. Consejeros Titulares

    KRUJOSKI, Matías Gabriel
    BAUER, Vanina Antonella
    PEDROZO, Yohana
    CIEPLINSKI, Leandro Miguel
    LATTES, Inés Camila
    SCHILD, Jonathan Kevin

  • COMISIONES

    El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Misiones posee las siguientes comisiones de acuerdo a los artículos 60, 61, 62, 63, 64, 65 y 66 del reglamento interno de funcionamiento de este cuerpo colegiado:

    COMISIÓN DE DESARROLLO

    Según el articulo 67 del reglamento, las competencias de la Comisión de Desarrollo están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Desarrollo asesorar al Consejo Superior sobre el Planeamiento integral de la UNaM; realizar el diagnóstico de la situación, formulación de Planes de desarrollo, seguimiento y evaluación de los mismos. Será coordinada por el Rector y estará integrada por los Decanos, Directores de Escuela y los consejeros que así lo deseen”.

    COMISIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES

    Según el articulo 65 del reglamento las competencias de Comisión de Asuntos Estudiantiles están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Asuntos Estudiantiles dictaminar sobre todo asunto o proyecto referente al bienestar estudiantil y servicios que presta la Universidad a los alumnos”.

    COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

    Según el articulo 62 del reglamento, las competencias de la Comisión de Ciencia y Tecnología están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Ciencia y Tecnología dictaminar sobre todo asunto o proyecto vinculado a la investigación científica y al desarrollo tecnológico, así como también en lo relativo a sus diversas aplicaciones; asesorar al Consejo Superior sobre política de Ciencia y Técnica de la Universidad, carrera del docente investigador y las actividades de investigaciones científicas y tecnológicas, tanto en su diseño, como en su ejecución y evaluación”.

    COMISIÓN DE ENSEÑANZA

    Según el articulo 60 del reglamento, las competencias de la comisión de enseñanza están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Enseñanza dictaminar sobre todo asunto o proyecto relacionado con planes de estudio de pregrado y grado; creación y supresión de carreras, expedición de títulos, reválidas de títulos y todo lo referente a la educación universitaria”.

    COMISIÓN DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

    Según el articulo 66 del reglamento, las competencias de Comisión de Extensión Universitaria están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Extensión Universitaria dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a la trascendencia de la Universidad hacia el medio y que no esté expresamente determinado a otra Comisión. Intervendrá además en los proyectos referidos a la preservación y valorización de la cultura general y regional específicamente, como así también intervendrá en todo asunto atinente a la Carrera de Extensión contenida en el artículo 160 del Estatuto”.

    COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO

    Según el articulo 63 del reglamento, las competencias de Comisión de Interpretación y Reglamento están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Interpretación y Reglamento dictaminar las peticiones presentadas al Consejo referentes a reformas e interpretación de normativas institucionales siempre que no esté expresamente destinados a otra Comisión. El Consejo Superior designa al coordinador a propuesta del Rector y será asistida por el Asesor Letrado de la UnaM”.

    COMISIÓN DE POSTGRADO

    Según el articulo 61 del reglamento, las competencias de la Comisión de Posgrado están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Posgrado dictaminar sobre todo asunto o proyecto relacionado con Planes de estudio de posgrado y asesorar al Consejo Superior al respecto”.

    COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN

    Según el articulo 64 del reglamento, las competencias de Comisión de Presupuesto y Administración están descritas de la siguiente manera: “Compete a la Comisión de Presupuesto y Administración dictaminar sobre el presupuesto general de la Universidad y sus dependencias proyectando la distribución de los fondos que lo integran y en lo que el Título VIII del Estatuto de la UnaM la involucre”.

  • DIGESTO NORMATIVO

    Acceso a las normativas emanadas del Consejo Superior y del Rector de la Universidad Nacional de Misiones.