Carrera Docente
En la UNaM comienzas a ser docente regular a partir de la regularización del cargo por concurso público y abierto, según lo establecido Ordenanza CS N° 084/21.-
En la UNaM podes iniciar la experiencia del oficio docente bajo la figura de adscripto, siendo estudiante de las carreras de pregrado y grado una vez que tengas el 80% del cursado de la carrera que estés inscrito y con una calificación no menor a 6. También podes hacerlo siendo graduado. Ver requisitos establecidos en la Ordenanza CS N° 032/24 .
- Permanencia en el Régimen General de Carrera Docente Ordenanza CS N° 082/17.-
Categorías, requisitos y funciones de los docentes: Capítulo 2°, Artículo 4° .
Son requisitos y funciones de las categorías docentes: Capítulo 2 Artículos 5º al Artículo 14º.
Ingreso y Permanencia en la Carrera Docente: Capítulo 4º Artículo 19º.-
Ascenso y Promoción: Capítulo 5, Artículo 20º y Artículo 21º.-
Situaciones Especiales: Capítulo 11º, Artículos 63º al Artículo 67º.-
- Llamados a concursos para cubrir cargos docentes: ver enlace a sitio de la UNaM o de las unidades académicas correspondientes.
Ordenanza CS N° 051/25.- - Ampliación de dedicación del cargo regular, Ordenanza CS N° 016/01.-
Ampliación de dedicación con o sin Modificación de Carga Horaria. Título II, Punto 1 y 2, Artículo 3º.-
Ampliación de dedicación del cargo concursado en función al cargo regular con mayor dedicación, Ordenanza CS N° 055/18 : Corresponde a aquellos docentes que obtienen un cargo de mayor jerarquía a través de un concurso de oposición y antecedentes, a proposición del C.D. y siempre que exista disponibilidad presupuestaría, podrán ser designados en el cargo concursado con el aumento de la dedicación correspondiente a el/los cargo/s regular/es que ostentaba, el/los que deberán ser dado/s de baja, sin efectuar el procedimiento establecido por la Ord. C.S. Nº 016/01.-
Las Unidades Académicas y/o Direcciones de Escuelas deberán iniciar la gestión para el pago del adicional remunerativo a los Docentes que posean título de Doctorado, Maestría o Especialización, presentando la siguiente documentación:
- Nota formalizada por parte del docente interesado solicitando el pago del adicional remunerativo sobre el sueldo básico.
- El expediente deberá contener fotocopia del Diploma autenticada por el Secretario Académico, quien certifica que “Es Copia fiel del Original que se ha tenido a la vista”.
- Se podrá dar inicio al trámite con el Certificado de Título en Trámite.
- El Diploma original deberá contener todas las Legalizaciones, en el caso de Universidades Argentinas, deben contener la Legalización de la Universidad que expide el título y del Ministerio de Educación.
- El pago del adicional se efectuará a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de las certificaciones respectivas.
- En cada caso, el interesado deberá acompañar la copia de la Resolución de Validación correspondiente por parte de la CONEAU y la Resolución Ministerial que acredita el título.
En el caso que el título provenga de una Universidad Extranjera, deberá contener las siguientes Legalizaciones:
- De La Universidad de procedencia.
- Del Ministerio de Educación del País de origen.
- Del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen. En caso de ser Estado Parte del Convenio de la Haya, la Apostilla; y en caso contrario la Legalización Consular prevista en el Decreto 1629/2001.
Importante: En el caso de Brasil sólo debe contener la legalización de la Universidad de Origen y del Ministerio de Relaciones Exteriores (Protocolo Especial firmado con Argentina).
La documentación redactada en idioma extranjero debe ser traducida por Traductor Público de Registro y Legalizada ante el Colegio de Traductores – Ley Nº 20.305 Art.6º.
Circular conjunta 006/2010 (colocar enlace)